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miércoles, 22 de febrero de 2017

La corrupción sofisticada, los grandes proyectos de inversión y el cálculo de ganancias ilícitas

El 5 de enero del presente año, el Ministerio Público –a través de una nota de prensa sobre el caso ODEBRECHT– anunciaba que: “la empresa se compromete a entregar en los próximos días la suma de 30 millones de soles, como adelanto de la devolución de las ganancias ilícitas a determinarse dentro del proceso penal”. A continuación señalaba que:

“Dicho monto, en ningún caso debe entenderse como la cuantificación total, la que se determinará en el acuerdo final, ni tampoco se encuentra vinculada con la reparación civil (indemnización), sino con las ganancias provenientes del delito que son materia de decomiso”

En este punto hay que recordar que el Código Penal prevé el como consecuencia accesoria, el comiso o pérdida de los efectos del delito, sean éstos: bienes, dinero, ganancias o cualquier producto (proveniente de dicha infracción)

martes, 31 de enero de 2017

El caso ODEBRECHT, tan difícil y tan fácil de investigar

Los casos de gran corrupción o corrupción sofisticada constituyen un reto para los organismos de supervisión, fiscalización y control del Estado peruano (Policía, Procuradurías, Contraloría General, Ministerio Público, Poder Judicial, etc). 

Los actos de corrupción siempre son bilaterales, sinalagmáticos, de contraprestaciones recíprocas. En estos casos, la “prestación” del funcionario corrupto es la omisión de sus funciones o, su aplicación distorsionada. Esto le genera un beneficio al ciudadano o empresario corrupto. A cambio de ello, el ciudadano o empresario corrupto le entrega u otorga algún beneficio al funcionario corrupto.

El problema con la corrupción sofisticada es determinar y probar este carácter bilateral, sinalagmático o recíproco. Esta forma de corrupción es una modalidad de los denominados “delitos de cuello blanco”. En la corrupción sofisticada no se va a encontrar una operación directa, que vincule la omisión de funciones o la aplicación distorsionada y la entrega del beneficio (cosa que sí suele ser más frecuente en la pequeña corrupción). No se va a encontrar un “acuerdo” estableciendo las prestaciones recíprocas, ni constancias de entrega, recibos de constancias de cumplimiento.  

En los casos de corrupción sofisticada se van a encontrar que la omisión de funciones o aplicación distorsionada va a estar “justificada” (disfrazada deberíamos decir) de argumentación técnica. Por otro lado, la entrega de beneficios tampoco es directa o evidente. Se oculta detrás de otros mecanismos.