En el Perú existe normas sustantivas en materia ambiental –probablemente
comparables a aquellas de países desarrollados– y –por supuesto– entidades estatales encargadas de su supervisión,
monitoreo y fiscalización.
En teoría, estas normas constituyen mandatos que expresan la voluntad
del Estado, esto es, decisiones que ponen de manifiesto cuál es política
pública que se quiere establecer en el país. Sin embargo, más allá de los enunciados especificados en las normas sustantivas o de
organización del Estado, el Presupuesto Público implica un ejercicio de
asignación de recursos a determinadas funciones, actividades y metas.
Esta asignación, siendo vinculante, constituye un compromiso mayor y una
expresión de las funciones y actividades que el Estado se compromete a realizar
en diversas materias.
Los números en el Presupuesto Público muestran los compromisos concretos
del Estado Peruano, en materia ambiental.
Presupuesto del Estado en los
tres niveles de gobierno
Presupuesto del Gobierno Nacional
Presupuesto de los gobiernos regionales
Presupuesto de los gobiernos locales
Como puede verse, del
total del presupuesto del Estado, solamente el 0.23% se destina a conservación
y aprovechamiento sostenible de la diversidad biológica y de los recursos
naturales. Si miramos únicamente al gobierno
nacional, dicho porcentaje baja al 0.18% de su presupuesto. En el caso de los
gobiernos regionales, el 0.26% de su presupuesto se dedica a dicha función. Finalmente,
en el caso de los gobiernos locales, este porcentaje asciende a 0.41%
Las cifras demuestran
un claro “descalce” entre la normatividad y el presupuesto (dado que ambos
asignan funciones y actividades que el Sector Público debe acometer). El
presupuesto revela claramente que el tema ambiental no es una prioridad para el
Estado Peruano.
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