miércoles, 25 de febrero de 2015

La primacía del ciudadano en el Estado. Para que la Administración Pública lo tenga presente siempre.

En este artículo queremos poner en relieve la primacía del ciudadano en el Estado y frente a la Administración Pública. Este es un artículo que no debería escribirse porque pareciera que estamos diciendo algo evidente.
 
Desde el Derecho Constitucional se señala que el Estado ha surgido como una organización política creada, fundada o constituida por los ciudadanos (la Nación o el pueblo); destinada a asegurar, proteger o promover el bien común o, el bienestar general de todos aquellos que se encuentran dentro de su territorio (la ciudadanía, el pueblo). Esto quiere decir, que el Estado tiene un rol instrumental. No es un fin en sí mismo. Está hecho para servir al ciudadano y sus intereses.
 
Este aspecto es señalado por ejemplo por Dromi (en su libro Derecho Administrativo). Este autor establece que la causa final del Estado, es decir, su causa orientadora, su objetivo; es el bien común (de sus ciudadanos). Citando jurisprudencia de la Corte Suprema Argentina, Dromi señala que el Estado debe desempeñarse como “agente”, “custodio” de ese bien común. 
 
Nuestra propia Constitución Política no es ajena a esta visión del ciudadano y del Estado:

 El Preámbulo de la Constitución señala que el Congreso Constituyente Democrático ha resuelto dictar la Constitución, por “mandato del pueblo peruano”. Esto significa que la Constitución no es creación autónoma del órgano que lo dictó. Si no, que fue elaborada en representación o por mandato del pueblo peruano. Por tanto, la Constitución y el Estado son una creación del pueblo.
• El artículo 1° de la Constitución establece que la persona humana es el inicio y fin de la sociedad y del Estado.
 El Artículo 45° de la Constitución establece que el poder del Estado emana del pueblo. Esta disposición consagra la primacía del pueblo o de la Nación.
 El Artículo 44° de la Constitución establece que son deberes primordiales del Estado: la defensa de la soberanía nacional, la garantía de la plena vigencia de los derechos humanos, la protección de la población de las amenazas contra su seguridad y la promoción del bienestar general. Esta disposición constitucional revela también el carácter instrumental del Estado.

Esto explica las diversas acciones, servicios y prestaciones que otorga el Estado, como seguridad, justicia, defensa, educación, entre otros. 
 
Si bien el Estado es una organización creada para beneficiar al pueblo y a la Nación, sería imposible que éstos lo administren o gestionen directamente. Por ello se ha creado un cuerpo especializado que “a nombre” o en representación de los ciudadanos (el pueblo, la Nación) dirige y administra el Estado. Esto explica las disposiciones constitucionales que señalan lo siguiente:
 
  El Artículo 45° de la Constitución establece que quienes ejercen el poder del Estado, lo hacen con las limitaciones y responsabilidades que la Constitución y las leyes establecen. Esto significa que la Constitución establece la sujeción de tales sujetos, a los límites que la ciudadanía o el pueblo les ha establecido, a través del sistema jurídico.
  Todos los funcionarios y trabajadores públicos están al servicio de la Nación. Esto significa que deben ejercer sus funciones y atribuciones, considerando los intereses de la ciudadanía, la Nación, el pueblo. La Constitución establece la primacía de los intereses de estos últimos, frente a aquellos de los primeros.
 
Este cuerpo especializado que gestiona o administra el Estado se denomina “Administración Pública”. La Administración Pública debe actuar, para proteger y promover los intereses y el bienestar de la ciudadanía, la Nación, el pueblo. En ese contexto, un problema permanente que siempre se presenta con la Administración Pública es el abuso de poder.
 
Los administradores del Estado pueden realizar actividades y producir políticas, normas y regulaciones que no beneficien necesariamente a los ciudadanos, sino únicamente a ellos. Estas conductas disfuncionales pueden ir desde la inacción pura, la actuación negligente, la actuación dolosa y llegar hasta la corrupción abierta. 
 
Cuando se hace referencia a la “Primacía del Ciudadano” no se está haciendo referencia a ningún principio nuevo ni estamos inventando conceptos. La primacía del ciudadano simplemente recuerda a la Administración Pública y a los Servidores Civiles, su carácter instrumental, su razón de ser. El Estado no es “su” Estado, no es su propiedad ni es su dominio. Ellos son un medio para servir a la ciudadanía, para promover sus intereses, subordinando los suyos propios.
 
Es verdad, este artículo puede ser redundante, puede ser evidente o repetitivo. Sin embargo, viendo cómo se desempeña la Administración Pública y sus servidores, estimamos que es necesario recordarlo y ponerlo en relieve.

13 comentarios:

  1. El neoconstitucionalismo se asienta en el fundamento humanìstico que considera al hombre como el eje central de toda obra humana. Este es el pensamiento dominante en Europa continental, y ha hecho posible (lo viene haciendo en America Latina) la instauraciòn del Estado Constitucional de Derecho; reforma que perpetra (aùn en teorìa) el goce efectivo de los derechos fundamentales y no la simple declaraciòn de los mismos en la Cartas fundantes. Los esfuerzos, no sòlo de Perù, si no de todas las naciones que han adoptado esta concepciòn, vienen dando frutos expresados en el crecimiento de la clase media, la disminuciòn de las desigualdades y de la pobreza en que se cristaliza la antìpoda del sistema. Al este propòsito ya adoptado por Perù se orienta la reforma de la administraciòn publica.

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  2. La ciudadanía debería establecer formas de controlar permanentemente a los servidores públicos, de otra forma, las miserias humanas hacen presa de estos

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    1. Mas que la población establezca mecanismos de control sobre los servidores públicos, es necesario que los mismos funcionarios y servidores públicos tomen CONCIENCIA y de una vez por todas se den cuenta que son servidores del Estado, por ello su principal rol debe ser cumplir con brindar un trato y un servicio de primera "de calidad" a todos los ciudadanos o a todos quienes visitan las Entidades del Estado, lamentablemente en nuestro País en gran parte sucede lo contrario, nosotros creemos que le estamos haciendo un favor o somos negligentes con nuestras acciones frente a la ciudadanía.

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    2. Mas que la población establezca mecanismos de control sobre los servidores públicos, es necesario que los mismos funcionarios y servidores públicos tomen CONCIENCIA y de una vez por todas se den cuenta que son servidores del Estado, por ello su principal rol debe ser cumplir con brindar un trato y un servicio de primera "de calidad" a todos los ciudadanos o a todos quienes visitan las Entidades del Estado, lamentablemente en nuestro País en gran parte sucede lo contrario, nosotros creemos que le estamos haciendo un favor o somos negligentes con nuestras acciones frente a la ciudadanía.

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  3. Mientras que existan funcionarios elegidos por otros funcionarios corruptos para los puestos claves, las políticas de los gobiernos de turno no darán jamas los resultados esperados

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  4. definitivamente los operadores de la administración publica muchas veces olvidas que solo son gestores y sobreponen sus intereses a los intereses de la mayoría, lo cual genera una mala perspectiva de la ciudadanía frente a la función administrativa que desarrolla el Estado

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  5. definitivamente los operadores de la administración publica muchas veces olvidas que solo son gestores y sobreponen sus intereses a los intereses de la mayoría, lo cual genera una mala perspectiva de la ciudadanía frente a la función administrativa que desarrolla el Estado

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  6. Los operadores de la administración publica anteponen sus intereses a los intereses de la mayoría lo cual genera que la ciudadanía tenga una mala perspectiva de la función del administrativa del Estado

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  7. Comparto este artículo muy interesante, en donde todos los servidores públicos nos debemos a los ciudadanos y deben ser prioridad, debemos trabajar buscando el bien común y no el beneficio personal como muchas veces se ve en muchas entidades públicas. Bonito artículo que espero nos haga reflexionar, aplicar y entender que como servidores públicos debemos saber servir al ciudadano y no servirnos de ellos. ESTELA ALDANA

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  8. Comparto este artículo muy interesante, en donde todos los servidores públicos nos debemos a los Ciudadanos y deben ser prioridad, debemos trabajar buscando el bien común y no el beneficio personal como muchas veces se ve en muchas entidades públicas. Bonito artículo que espero nos haga reflexionar, aplicar y entender que los servidores públicos debemos saber servir a los ciudadanos y no servirnos de ellos. ESTELA ALDANA

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  9. ¡Felicitaciones! Necesitamos artículos que recuerden, sobre todo a los funcionarios públicos, quién es el jefe. Generar respeto por la sociedad es el primer paso para ser un país de ciudadanos.

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