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domingo, 22 de enero de 2017

El curioso problema de la incorporación del INEN en el MINSA.

Una de las noticias de la semana ha sido la propuesta de la comisión de Constitución del Congreso de derogatoria del artículo 3° del Decreto Legislativo N° 1305, bajo la argumentación de que el Poder Ejecutivo no recibió facultades para legislar en la organización del Sector Salud. El Decreto Legislativo N° 1305 había establecido que la incorporación del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN) al Ministerio de Salud (MINSA), como órgano desconcentrado de este último.

El INEN fue creado como “organismo público descentralizado” mediante Ley N° 28748. Posteriormente, luego de la dación de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo (LOPE), dicho organismo fue calificado como Organismo Público Ejecutor; estatus que tenía hasta la dación del Decreto Legislativo N° 1305.

Hay que recordar que la LOPE estableció una nueva tipología de organismos públicos del Poder Ejecutivo. A partir de la LOPE, estos organismos podían ser: i) organismos públicos ejecutores y, ii) organismos públicos especializados. A su vez, los organismos públicos especializados pueden ser de dos tipos: a) organismos técnicos especializados y, b) organismos reguladores.