lunes, 17 de noviembre de 2014

Bonos Corporativos: una mirada general sobre sus características

Los bonos corporativos son instrumentos que representan una deuda, una obligación del emisor. Contablemente son un pasivo. En el bono (en el título llamado así) van incorporadas algunas características que derivan de la deuda y del contrato de emisión (el documento legal que constituye la deuda).

En los contratos de largo plazo, como en una deuda, existe la preocupación del acreedor de protegerse. El acreedor quiere que la deuda sea pagada. Por tanto, debe evitar el comportamiento estratégico de la empresa deudora, que puede orientarse al no pago. 
Los bonos corporativos son instrumentos que representan una deuda, una obligación del emisor. Contablemente son un pasivo. 

Los bonos representan una parte de una deuda. Esta deuda ha sido fragmentada en múltiples partes iguales y ha sido incorporado a un título (llamado BONO), que puede ser adquirido por diferentes sujetos. Los bonos son títulos (documentos) negociables, es decir, son transferibles.

En el bono (en el título llamado así) van incorporadas algunas características que derivan de la deuda y del contrato de emisión (el documento legal que constituye la deuda).

El contrato de emisión contiene las características de la deuda y de los bonos:

a) Monto total de la deuda.
b) Tasa de interés
c) Fecha de pago (devolución).

Pero pueden incorporarse muchas otras características.

Pago periódico de intereses.
Garantías. Colateral a la deuda.
Cláusula de rescate anticipado. La empresa deudora puede recuperar a cambio de un pago, los             bonos emitidos. Antes de la fecha de vencimiento.
Cláusula de amortización. El acreedor puede obligar al deudor a adquirir el pago del bono, antes         del plazo del vencimiento.
Cláusulas restrictivas (“covenants”).

En los contratos de largo plazo, como en una deuda, existe la preocupación del acreedor de protegerse. El acreedor quiere que la deuda sea pagada. Por tanto, debe evitar el comportamiento estratégico de la empresa deudora, que puede orientarse al no pago. Esto puede suceder porque el acreedor no controla ni los activos ni las actividades de la empresa deudora. Estos son controlados por sus los titulares de la empresa y por sus administradores. 

¿Qué puede hacer el deudor para defraudar al acreedor? Muchas cosas, por ejemplo:

Llevarse los activos de la empresa (descapitalización).
No tener liquidez. Capital de trabajo.
Endeudarse más.
Tomar decisiones más riesgosas. Trasladando el riesgo del negocio a los acreedores.

Frente a estas situaciones, el sistema jurídico ha creado cláusulas que suelen ser incorporadas en los contratos de financiamiento o de deuda de largo plazo. Estas cláusulas son denominadas “covenants” en el mundo financiero. En castellano podríamos llamarlas las cláusulas contractuales restrictivas, porque pretenden restringir la conducta del deudor. 

Hay diferentes tipos de covenants, que establecen lo siguiente:

a) Derechos de información para los acreedores.
b) Mantenimiento de ciertos ratios que deben ser cumplidos por la empresa deudora. Por ejemplo:           Liquidez, endeudamiento, prueba ácida.
c) Obligaciones de hacer o no hacer a cargo de la empresa deudora.
  • Mantenimiento de ciertos niveles de activos o inclusive activos específicos. Estratégicos o para mantener la liquidez.
  • Mantenimiento de niveles específicos de liquidez.
  • Restricción en el cambio de activos.
  • Restricción en el cambio de objeto social.
  • Restricción al cambio de personal, administración, etc.
  • Restricción a la venta de la empresa, fusión, cambio de control, etc.
  • Restricción de gravar los activos.
  • Restricción de asumir nuevas deudas.
  • Restricción de garantizar a terceros.
  • Restricción de dar mejores garantías a otros acreedores.
  • Restricción al pago de dividendos.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario